Caso Gómez Palomino Contra Perú

Caso Gómez Palomino Contra Perú en Perú

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Caso Gómez Palomino contra Perú

Reparaciones y Costas

En el caso Gómez Palomino contra Perú, con fecha 22 de noviembre de 2005 la Corte Interamericana de Derechos Humanos emitió la sentencia de reparaciones y costas, en la cual se resolvió que el Estado peruano debía: a) investigar los hechos denunciados, así como identificar, juzgar y sancionar a los responsables; b) realizar con la debida diligencia las actuaciones necesarias tendientes a localizar y hacer entrega de los restos mortales del señor Santiago Gómez Palomino a sus familiares; c) publicar dentro del plazo de seis meses, contados a partir de la notificación de la presente sentencia, al menos por una vez, en el Diario Oficial y en otro diario de circulación nacional, la sección denominada «Hechos probados» del capítulo VII; d) brindar gratuitamente, sin cargo alguno y por medio de sus instituciones de salud especializadas, tratamiento médico y psicológico a las señoras Victoria Margarita Palomino Buitrón, Esmila Liliana Conislla Cárdenas, María Dolores Gómez Palomino, Luzmila Sotelo Palomino, Emiliano Palomino Buitrón, Mónica Palomino Buitrón, Rosa Palomino Buitrón y Margarita Palomino Buitrón, y la niña Ana María Gómez Guevara; e) disponer las medidas necesarias para reformar, dentro de un plazo razonable, su legislación penal a efectos de compatibilizarla con los estándares internacionales en materia de desaparición forzada de personas; f) pagar las cantidades fijadas en el párrafo 129 de la misma sentencia por concepto de daño material, inmaterial y gastos procesales.

Caso Gómez Palomino contra Perú

Cumplimiento del Estado

En el presente caso, hasta ahora la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha emitido cuatro sentencias de cumplimiento.39 En la última, de fecha 5 de julio de 2011, se determina que el Estado peruano tiene pendiente: a) investigar efectivamente los hechos denunciados, así como identificar, juzgar y, en su caso, sancionar a los responsables de las violaciones declaradas; b) realizar con la debida diligencia las actuaciones necesarias tendientes a localizar y hacer entrega de los restos mortales del señor Gómez Palomino a sus familiares; c) brindar sin cargo alguno y por medio de sus instituciones de salud especializadas tratamiento médico y psicológico a los deudos de las víctimas; d) adoptar las medidas necesarias para reformar la legislación penal, a efectos de compatibilizarla con los estándares internacionales en materia de desaparición forzada de personas.(1)

Caso Gómez Palomino contra Perú

(En el contexto del Sistema Interamericano de Protección de los Derechos Humanos y Derecho Penal Internacional, se describe el grado de ejecución de las decisiones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en este caso:)

Recursos

Notas y Referencias

  • Dino Carlos Caro Coria; información sobre caso gómez palomino contra perú recogida de la obra «Sistema Interamericano de Protección de los Derechos Humanos y Derecho Penal Internacional» (Reproducción autorizada por la Fundación Konrad Adenauer, Programa Estado de Derecho para Latinoamérica).
  • Véase También


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