Fiscalización Posterior

Fiscalización Posterior en Perú

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Concepto de Fiscalización Posterior

Significado de fiscalización posterior en el contexto del derecho local peruano: Seguimiento y verificación que realiza la administración pública a las declaraciones prestadas por el interesado o su representante. Está orientada hacia la identificación y corrección de posibles desviaciones, abusos o fraudes. Se ejecuta en forma permanente y preferentemente por el sistema de muestreo al azar, según las directivas que emita cada cantidad o en su derecho. Las autoridades y funcionarios encargados de la prestación de los servicios son los responsables de asegurar las acciones de fiscalización posterior, la cual no paralizará el trámite del expediente respectivo ni originará gasto alguno al interesado. En caso de comprobar fraude o falsedad en la declaración, información o documentación presentada por el administrado, la entidad considerará no satisfecha la exigencia respectiva para todos sus efectos, procediendo a comunicar el hecho a la autoridad jerárquicamente superior, si lo hubiere, para que se declare la nulidad del acto administrativo sustentado en dicha declaración, información o documento, y se imponga una multa a favor de la entidad que oscile entre dos y cinco Unidades Impositivas Tributarias, vigentes a la fecha de pago. Si la conducta se adecúa a los supuestos previstos en el Título XIX Delitos contra la Fe Pública del Código Penal, esta deberá ser comunicada al Ministerio Público para que interponga la acción penal correspondiente. [1]

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