Recursos Ordinarios en Perú
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Concepto de Recursos Ordinarios
Significado de recursos ordinarios en el contexto del derecho local peruano: Ingresos provenientes de la recaudación tributaria y otros conceptos, los cuales no están vinculados a ninguna entidad y constituyen recursos disponibles de libre programación, incluyéndose los recursos provenientes de la venta de empresas del Estado. Asimismo, comprende los recursos por la monetización de productos, entre los cuales se considera la donación en alimentos otorgada por el Gobierno de los Estados Unidos, a través de la Agencia para el Desarrollo InternacionalAID (Ley Pública Nº 480).[1]
Recursos
Notas
- Definición de recursos ordinarios proporcionado por el diccionario municipal peruano, Betty Soria del Castillo, Promoción y Capacitación para el Desarrollo y Konrad Adenauer Stiftung (2011), reproducción autorizada por los editores
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