Derechos Patrimoniales

Derechos Patrimoniales en Perú en Perú

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Objeto del Patrimonio Familiar

Los bienes que pueden ser afectados como familiar, conforme a lo dispuesto por el artículo 489º del Código Civil peruano son:

a) La Casa habitación de la familia.

b) Un predio destinado a la agricultura, la artesanía, la industria o el comercio.

Como regla general se entiende que el valor del familiar no debe exceder de lo necesario para la morada o el sustento de los beneficiarios.

Constituido el nace la obligación legal de habitar la casa y explotar directamente el predio, ello implica que no se puede realizar ningún acto jurídico que atente contra el cumplimiento de la obligación citada, es así que nuestro (Perú) Código Civil peruano señala que el es inalienable cuando no resulta posible enajenar por obstáculo natural o por prohibición convencional o legal. Esta Enciclopedia legal sobre Derecho peruano se concentra en la parte jurídica, y no aborda temas de índole empresarial como el patrimonio comercial o consejos sobre cómo levantar el patrimonio familiar.

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