Bienes de Dominio Privado en Perú
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Concepto de Bienes de Dominio Privado
Significado de bienes de dominio privado en el contexto del derecho local peruano: Bienes destinados al uso de fines particulares o privados, independientemente de quien sea el propietario. Bienes de dominio público: Bienes designados al uso público y sujetos a la administración municipal como los caminos, puentes, plazas, jardines, avenidas, paseos, calles y sus respectivos elementos constitutivos; vale decir, calzadas, aceras, bermas, separadoras y similares, edificios públicos y otros análogos incluyendo sus aires.[1]
Recursos
Notas
- Definición de bienes de dominio privado proporcionado por el diccionario municipal peruano, Betty Soria del Castillo, Promoción y Capacitación para el Desarrollo y Konrad Adenauer Stiftung (2011), reproducción autorizada por los editores
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