Medida Cautelar Previa en Perú
[aioseo_breadcrumbs] [aioseo_breadcrumbs]
Concepto de Medida Cautelar Previa
Significado de medida cautelar previa en el contexto del derecho local peruano: Es aquella que puede ser trabada por disposición de la administración en forma excepcional, antes de iniciado el Procedimiento de Cobranza Coactiva e inclusive cuando la deuda tributaria no sea exigible coactivamente, cuando por el comportamiento del deudor tributario sea indispensable o existan razones que permitan presumir que la cobranza podría devenir en infructuosa. (Artículo 56º del Código Tributario). [1]
Recursos
Notas
- Definición de medida cautelar previa proporcionado por el diccionario municipal peruano, Betty Soria del Castillo, Promoción y Capacitación para el Desarrollo y Konrad Adenauer Stiftung (2011), reproducción autorizada por los editores
Deja una respuesta