Mobiliario en Perú
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Concepto de Mobiliario
Significado de mobiliario en el contexto del derecho local peruano: Conjunto de elementos que se colocan en una edificación y que no son de carácter fijo y permanente, tales como: muebles, tabiques interiores desmontables, elementos metálicos o de madera que al retirarse no afectan el uso de la edificación, cielo rasos descolgados desmontables, elementos livianos para el control del paso de luz, elementos de iluminación y otros similares.[1]
Recursos
Notas
- Definición de mobiliario proporcionado por el diccionario municipal peruano, Betty Soria del Castillo, Promoción y Capacitación para el Desarrollo y Konrad Adenauer Stiftung (2011), reproducción autorizada por los editores